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Immigration Overload

AYUDA PARA NIÑOS NO ACOMPAÑADOS
Por: Frances E. Arroyo y Nance Miller

 

Miles de niños Centroamericanos han estado llegando a los Estados Unidos en los últimos meses. Estos niños están huyendo de las dificultades económicas, la violencia de pandillas, el tráfico humano y violencia doméstica en sus países. Algunos simplemente vienen a reunirse con un miembro de la familia. Sin lugar a dudas, los menores no acompañados se enfrentan con retos difíciles a su llegada a los EE.UU. Muchos de estos niños son objeto de detención o son sujetos a procedimientos de corte ante un juez de inmigración. A lo largo de este proceso muy difícil, existen leyes diseñadas para proteger a los niños no acompañados que llegan a los EE.UU. A través del establecimiento de el acto para la protección de víctimas del tráfico o “TVPRA”, reautorizado por el Congreso, muchos amparos existen para proteger los derechos de los niños no acompañados.  Algunas de estas protecciones incluyen aplicaciones disponibles en la corte de inmigración, visa especial para juveniles, visa T, visa U y asilo político.

Para calificar bajo estas protecciones que brinda el TVPRA se requiere que el solicitante sea un niño no acompañado.  Un niño no acompañado bajo la ley es definido como un menor sin padres o guardián legal en los EE.UU., o que hay un guardián o padre de familia disponible que no puede proporcionar cuidado o custodia física. El niño también debe ser menor de dieciocho años y no tener estatus legal en el país. El proceso por el cual los niños no acompañados entran al sistema de inmigración de EE.UU. comienza típicamente al ser detenidos por las autoridades federales en sospecha de violar las leyes de inmigración. Un niño menor de edad no acompañado puede ser colocado posteriormente en procedimientos de inmigración a través de la emisión de un aviso de comparecencia “NTA” en la corte, donde él o ella tienen el derecho de solicitar beneficios bajo las leyes de inmigración.

Hay varios beneficios disponibles en la corte de inmigración. Un niño tiene el derecho a solicitar la salida voluntaria del país sin tener que financiarla por su cuenta.  Es decir, él o ella pueden optar por regresar a su país de origen y el gobierno de EE.UU. cubre los gastos asociados con la salida. Un niño no acompañado también podrá presentar una solicitud de asilo político.  Asilo político se le concede a los niños no acompañados que no pueden o no quieren regresar a su país de origen debido a persecución sufrida en su país en el pasado o un temor de regresar por persecución que ocurrirá en el futuro debido a su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado grupo social, u opinión política. También pueden solicitar para protecciones relacionadas bajo las leyes de asilo político como protecciones bajo la Convención En Contra de la Tortura.

Debido a su temprana edad y capacidad mental, los menores no acompañados que solicitan asilo político reciben un trato diferente a los adultos en la misma situación. En general, las leyes de asilo político exigen que la solicitud se presente a no más de un año a partir de la fecha de entrada. Sin embargo, los niños no acompañados no están sujetos a este requisito. Otra diferencia clave entre los adultos y niños es que los adultos en procedimientos migratorios sólo pueden tener sus solicitudes de asilo decididas por el juez de inmigración. Pero, aun cuando el menor no acompañado está ante un juez de inmigración, su solicitud es decidida primeramente por un oficial de asilo político fuera de la corte.  Esto significa que un oficial de inmigración tomará una decisión sobre la solicitud de asilo del niño. Si el oficial no aprueba la aplicación  entonces el caso es decidido por el juez de inmigración. Mientras la solicitud de asilo político está en manos de un oficial de asilo político, el juez de inmigración puede optar por cerrar el caso en la corte. Este proceso se llama cierre administrativo.

Otra protección disponible a través de la TVPRA es la visa especial de inmigrante juvenil. Esta visa permite a los niños no acompañados que han estado bajo la jurisdicción de un tribunal de menores y son menores de veintiún años que adquieran residencia permanente en los EE.UU. El niño debe ser declarado dependiente de un tribunal de menores. El juez debe emitir una orden declarando a base de las pruebas presentadas ante él que la reunificación con uno o ambos de los padres del inmigrante no es viable debido a abuso, negligencia, abandono, u otra razón relacionada y que el regreso del menor a su país de nacionalidad no está en su mejor interés. Después de recibir estatus bajo la visa especial de inmigrante juvenil, el niño puede presentar una solicitud para adquirir residencia permanente. Otros visados ​​también están disponibles para menores no acompañado, como la visa U para víctimas de ciertos crímenes y la visa T para esos niños que fueron víctimas de tráfico humano en los EE.UU.

Los niños no acompañados en el sistema de inmigración son sujetos a procesos complejos que involucran múltiples agencias, leyes complicadas y regulaciones en evolución por motivos políticos. Aunque existen leyes para dar a un niño no acompañado una oportunidad de luchar para permanecer en los EE.UU., es en el mejor interés del niño buscar el consejo y la ayuda de un abogado con experiencia y conocimientos de la ley de inmigración para ayudarlo a maniobrar a través del laberinto de las leyes migratorias.